- Características
- Requisitos
- Comisiones / Servicios Complementarios
- Alcance o Beneficios
- Restricciones o Exclusiones
Moneda: | Pesos |
Saldo promedio mínimo requerido($): | $ 0.00 |
Nivel de transaccionalidad: | No Aplica |
Tasa de rendimiento mínima (%): | 1.0 % |
Medios y canales de disposición de la cuenta: |
Cheques Transferencia Electrónica de Fondos(TEF) Ventanilla.
|
Relacionado con el Solicitante |
Tipo de persona: | Personas Físicas |
Antigüedad mínima como socio: | 0 Meses |
Monto mínimo de ahorro: |
$ 0.00 |
Parte social: | |
Ser socio: | |
Identificación Oficial Vigente: |
Pasaporte FM2 (Para extranjeros) Credencial IFE Cartilla SMN |
Solicitud de apertura: | |
Documentación complementaria: |
CURP RFC |
Edad: | De 18 Hasta 99 Años 11 meses |
Monto mínimo de apertura($): | $ 0.00 |
Concepto | Gratis | Número | Periodicidad |
Reimpresión del Estado de Cuenta | 0 | Permanente | |
Domiciliación | 0 | Permanente |
- Disposición inmediata.
- Protección hasta por 25,000 Udis por el Fideicomiso Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores.
- Es obligatorio haber cubierto el 100% de la parte social
Más información
- Ventanilla en Sucursales de la Caja Popular.
GAT Ganancia Anual Total
Expresados en términos porcentuales anuales, para fines informativos y de comparación.
Tasa de Interés Fija Anual |
GAT nominal | GAT real |
---|---|---|
1.00% | 1.01% |
-2.81% |
Se puede contratar en cualquier Sucursal de la Caja Popular José Ma. Mercado S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
NO OBLIGA A LA CONTRATACIÓN DE PRODUCTOS O SERVICIOS ADICIONALES
Este producto genera comisión, consulte a detalle la liga: CONSULTA LOS COSTOS Y LAS COMISIONES DE NUESTROS PRODUCTOS
“Únicamente están garantizados por el Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores los depósitos de dinero: a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en días preestablecidos o con previo aviso, hasta por el equivalente a veinticinco mil UDIS por persona física o moral, cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de una misma Institución Financiera, en caso de que se declare su disolución y liquidación, o se decrete su concurso mercantil. Dicho Fondo de Protección, cubrirá el principal y accesorios de los depósitos de dinero referidos a la fecha en que se hubiere declarado la disolución y liquidación de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, o decretado su concurso mercantil, descontando el saldo insoluto de los préstamos o créditos con respecto de los cuales sea deudor el Socio ahorrador de que se trate, por lo que, para estos efectos, dichos préstamos o créditos vencerán de manera anticipada”.